Hereditas y Bonorum Possessio: El Dualismo Sucesorio

El sistema sucesorio romano se caracteriza por un fascinante dualismo jurídico. No existía una única forma de entender la herencia, sino que coexistían dos figuras: la hereditas, propia del derecho civil, y la bonorum possessio, impulsada por el Pretor para modernizar la justicia romana.

Hereditas: El Rigor del Ius Civile

La hereditas es la institución de la sucesión universal basada en el antiguo derecho de los ciudadanos. Se centraba casi exclusivamente en la familia agnaticia (vínculos de potestad). Si un hijo estaba emancipado, para el derecho civil dejaba de ser pariente y no podía heredar. Era un sistema solemne, rígido y profundamente tradicional.

Bonorum Possessio: La Respuesta del Pretor

Para corregir las injusticias del sistema civil, el Pretor creó la bonorum possessio. No convertía formalmente al beneficiario en "heredero" (título reservado al derecho civil), pero le otorgaba la posesión de los bienes y la protección procesal para actuar como si lo fuera.

  • Confirmandi: Para confirmar lo dispuesto en un testamento.
  • Emendandi: Para corregir el derecho civil y dar entrada a parientes de sangre (cognados).
  • Adjuvandi: Para ayudar a que el proceso fuera más ágil y efectivo.

Con el tiempo, la herencia pretoria terminó por imponerse, haciendo que el parentesco natural de sangre tuviera más peso que la antigua potestad jurídica, sentando las bases de nuestro derecho sucesorio actual.

Repasa también...

Conceptos generales del proceso romano

Concepto y clasificación de las cosas en Roma

Recursos complementarios de la jurisdicción del pretor

Clases de acciones en el Derecho Romano

Donaciones: modal y mortis causa en el Derecho Romano