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Concepto y caracteres del arrendamiento

Concepto y caracteres del arrendamiento El arrendamiento romano se configura como un contrato consensual, bilateral perfecto, oneroso y de buena fe, por el que el arrendador (locator) cede al arrendatario (conductor) el uso y disfrute temporal de una cosa, un servicio o una obra, a cambio del pago de una renta. La perfección del contrato se produce por el mero consentimiento, sin necesidad de formalidades, siguiendo la tradición del derecho de gentes, lo que lo convierte en una figura especialmente flexible dentro del sistema romano. El arrendatario no se convierte en poseedor, sino en mero detentador, lo que significa que utiliza la cosa sin adquirir poder posesorio protegido por interdictos ni posibilidad de usucapión. El arrendador puede ser propietario o no, pero siempre debe estar en condiciones de garantizar el uso pacífico de la cosa cedida. Entre ambos surge una relación sinalagmática perfecta, porque desde el momento del acuerdo nacen obligaciones recíprocas: el ar...

Tipos de arrendamiento (Cosa, servicios y obra)

Tipos de arrendamiento (Cosa, servicios y obra) El sistema romano engloba bajo el término locatio conductio tres modalidades distintas según el objeto del contrato: • Arrendamiento de cosa (locatio conductio rei): es el modelo básico en el que el arrendador cede el uso de un bien mueble o inmueble a cambio de una renta. El arrendador debe garantizar el uso pacífico y realizar las reparaciones necesarias, mientras que el arrendatario debe pagar la renta y restituir la cosa al finalizar el plazo. Responde por culpa si daña el bien por mal uso. • Arrendamiento de servicios (locatio conductio operarum): el trabajador pone su actividad laboral a disposición del arrendador a cambio de un salario. El riesgo recae en el arrendador, que debe pagar aunque el trabajo no pueda realizarse por causas ajenas al trabajador. Se aplicaba principalmente a trabajos manuales, pues las profesiones liberales se consideraban gratuitas (honorarios). • Arrendamiento de obra (loc...

Obligaciones sociales y disolución

Obligaciones sociales y disolución La relación entre los socios en el Derecho romano se rige por la máxima lealtad y cooperación, pues el contrato de sociedad es de buena fe y busca un fin común. Cada socio tiene la obligación de realizar la aportación prometida —ya sea dinero, bienes o trabajo— y de gestionar los asuntos sociales con la diligencia propia de un buen paterfamilias. Además, deben compartir proporcionalmente tanto las ganancias obtenidas como las pérdidas sufridas, pues cualquier ocultación de beneficios, gestión desleal o actuación fraudulenta vulnera la buena fe social y puede ser exigida por los demás. La herramienta central de control es la actio pro socio, una acción de buena fe e infamante, que permite reclamar el cumplimiento de las obligaciones sociales, la liquidación de deudas internas y, cuando sea necesario, la extinción de la sociedad. Con ella se depuran responsabilidades por dolo o culpa y se restablece el equilibrio entre aportaciones y benef...