Entradas

Mostrando las entradas etiquetadas como Actio negatoria

Otras acciones de defensa de la propiedad

Otras acciones de defensa de la propiedad Además de la reivindicatoria, el propietario dispone de otras herramientas procesales para proteger la integridad de su derecho frente a perturbaciones parciales. La actio negatoria es la acción fundamental para defender la libertad del fundo: mediante ella, el propietario exige que se declare que su cosa no está gravada con ningún derecho real ajeno (como una servidumbre o un usufructo), obligando al perturbador a cesar en su actividad y, en su caso, a prestar garantía de no volver a molestar (cautio de non amplius turbando). Existen también recursos destinados a prevenir daños futuros o a regular las relaciones de vecindad. La cautio damni infecti permite al propietario exigir una garantía por el daño que amenaza causar una construcción vecina en mal estado. La operis novi nuntiatio consiste en una denuncia de obra nueva, mediante la cual el propietario puede paralizar una construcción en fundo ajeno que perjudique sus derechos. F...

Constitución, defensa y extinción de las servidumbres

Constitución, defensa y extinción La constitución de las servidumbres se realizaba en época clásica mediante mancipatio o in iure cessio (para las rústicas de paso y acueducto) y mediante pactos y estipulaciones o legado. En el derecho justinianeo, la forma general de constitución es el pacto, junto con la prescripción adquisitiva (longi temporis praescriptio). La defensa de la servidumbre corresponde al dueño del fundo dominante a través de la vindicatio servitutis (llamada actio confessoria en época postclásica), dirigida a obtener el reconocimiento del derecho frente al dueño del fundo sirviente que lo niega o impide. El propietario del fundo sirviente, por su parte, dispone de la actio negatoria para declarar que su predio está libre de cargas. La extinción de la servidumbre ocurre por varias causas: por confusión (cuando ambos fundos pasan a ser del mismo dueño), por renuncia formal del titular del fundo dominante, por destrucción física de cualquiera de los predios o ...