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La Institución de Heredero: El Corazón del Testamento Romano

En la arquitectura del Derecho Romano, la institución de heredero no es simplemente una cláusula más; es el elemento esencial y el requisito imprescindible para la validez de cualquier testamento. Sin un nombramiento expreso y válido, el documento carece de fuerza jurídica, provocando la apertura inmediata de la sucesión intestada. El Heredero como Sucesor Universal A diferencia de otras figuras, el heredero es instituido para suceder al causante en la universalidad de su patrimonio . Esto significa que no recibe bienes aislados, sino que se coloca en la posición jurídica del difunto respecto a todos sus derechos y obligaciones transmisibles. Por esta razón, el nombramiento debe ser nominal y personal, sin que el testador pueda delegar esta elección al arbitrio de un tercero. Reglas y Limitaciones Técnicas La institución de heredero se rige por principios técnicos estrictos que garantizan la estabilidad del orden sucesorio: • Semel heres, semper heres: Una vez que alguie...