Obligaciones del vendedor y comprador

Obligaciones del vendedor y comprador

La compraventa genera obligaciones recíprocas para ambas partes, fundamentadas en la buena fe y en la búsqueda de un equilibrio patrimonial.

El vendedor tiene como obligación principal la entrega de la cosa (traditio), garantizando al comprador la posesión pacífica de la misma. No está obligado a transmitir la propiedad, pero sí a realizar todo lo necesario para que el comprador pueda disponer del bien sin interferencias. Además, debe conservar la cosa con diligencia hasta el momento de la entrega y responder por evicción (si un tercero reclama el bien con mejor derecho) y por vicios ocultos (defectos materiales no declarados).

El comprador, por su parte, está obligado a pagar el precio pactado, transmitiendo la propiedad de las monedas al vendedor. También debe abonar los gastos de conservación de la cosa desde que se perfecciona el contrato hasta su entrega, y debe hacerse cargo de los impuestos o cargas que recaigan sobre el bien una vez adquirido.

Ambas partes cuentan con acciones específicas para exigir el cumplimiento de estas obligaciones: la actio venditi para el vendedor y la actio empti para el comprador. Estas acciones, al ser de buena fe, permiten al juez valorar todas las circunstancias del caso y asegurar que ninguna de las partes sufra un perjuicio injustificado.


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