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Obligaciones sociales y disolución

Obligaciones sociales y disolución La relación entre los socios en el Derecho romano se rige por la máxima lealtad y cooperación, pues el contrato de sociedad es de buena fe y busca un fin común. Cada socio tiene la obligación de realizar la aportación prometida —ya sea dinero, bienes o trabajo— y de gestionar los asuntos sociales con la diligencia propia de un buen paterfamilias. Además, deben compartir proporcionalmente tanto las ganancias obtenidas como las pérdidas sufridas, pues cualquier ocultación de beneficios, gestión desleal o actuación fraudulenta vulnera la buena fe social y puede ser exigida por los demás. La herramienta central de control es la actio pro socio, una acción de buena fe e infamante, que permite reclamar el cumplimiento de las obligaciones sociales, la liquidación de deudas internas y, cuando sea necesario, la extinción de la sociedad. Con ella se depuran responsabilidades por dolo o culpa y se restablece el equilibrio entre aportaciones y benef...