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El Matrimonio en el Derecho Romano: La Concepción Clásica

El matrimonio en el Derecho romano clásico no se concebía como un contrato formal o un acto jurídico único, sino fundamentalmente como una unión de hecho jurídicamente trascendente. Su existencia dependía de la convivencia estable y de un elemento subjetivo esencial que debía renovarse día a día. La Esencia: Affectio Maritalis y Dignidad Social A diferencia de las instituciones modernas, el matrimonio romano no exigía rituales obligatorios para su validez. Se fundamentaba en dos pilares: • Affectio Maritalis: La voluntad mutua y continua de los cónyuges de permanecer unidos como marido y mujer. Al ser una intención presente, el matrimonio existía mientras esta voluntad perduraba y se extinguía en el momento en que desaparecía. • Honor Matrimonii: La apariencia externa de la unión. Para ser considerado un iustum matrimonium (matrimonio legítimo), la relación debía gozar de dignidad social , lo que permitía diferenciarlo de simples convivencias o del concubi...